El punto de encuentro familiar, ¿qué es?
Con el punto de encuentro familiar se garantiza un espacio neutral para el régimen de visitas de los menores con sus padres y familiares en los casos de separación, divorcio y otros supuestos de ruptura familiar, para cuando sea necesario.
Este punto de encuentro se produce a decisión del Juez de familia en situaciones de riesgo; por previa petición del progenitor o por los abuelos (que tengan derecho de visitas para con sus nietos); por el Juez de Instrucción por Orden de Protección de las víctimas de violencia doméstica.
Estos centros han sido creados con una serie de objetivos:
- Se quiere favorecer el cumplimiento del derecho fundamental del menor a tener relación con sus progenitores tras la separación.
- Poder garantizar el cumplimiento del régimen de visitas acordado en los procesos de separación y divorcio.
- De una manera, facilitar el encuentro con el menor con el progenitor no custodio y con la familia de éste.
- Ayuda al menor relacionarse y expresar sus sentimientos en un ámbito neutro, predominando la igualdad y libertad. Además de que se pretende de un modo facilitar la orientación profesional para la mejora de las relaciones paterno-filiales y la educación del progenitor.