¿Quiénes no pueden ejercer la patria potestad?

4th mayo, 2015 | Categoria : Incapacitación judicial | Categoria : Patria potestad

En el post previo analizamos la patria potestad, como el conjunto de derechos y deberes de los padres sobre las personas y bienes de sus hijos que aún no están emancipados, recogido en el Código Civil español, y cómo se produce la extinción de la misma. Pero se da la posibilidad que en principio, los padres no puedan ejercer la patria potestad, aunque sí tienen la obligación de prestar alimentos a los menores o incapaces, debido a que:

  • Uno de los progenitores haya sido condenados por sentencia penal firme, por un delito de violación o cualquier otro que diera lugar a la concepción del hijo sobre la que se ejerce.
  • Cuando la filiación se determine judicialmente con oposición de alguno de los progenitores, el que se oponga será privado de la patria potestad sobre el hijo.

La patria potestad de los padres para los casos de los incapacitados mentalmente, cuando alcanzan la mayoría de edad, no se extinguirá, sino que se prorrogará hasta que se produzca:

  • El fallecimiento de los padres.
  • Por la adopción del incapaz.
  • Por la cesación de la causa que dio lugar a la declaración de incapacidad.
  • Cuando el incapaz contraiga matrimonio.

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