Abogados de herencias

Si necesita abogados especialistas de herencias en Alcorcón, que sean de confianza, venga a Consulter. Somos un despacho avalado por más de 25 años de experiencia profesional.

Disponemos de una completa plantilla de abogados en Alcorcón expertos en derecho sucesorio, especialmente herencias . Cada uno de ellos le ayudará encontrar la solución más conveniente para su caso.

Atendemos todas las cuestiones relacionadas con herencias.Nuestra  prioridad es buscar siempre las mejores garantías para quienes contratan nuestros servicios.

Nuestros abogados especialistas en herencias le asesorarán en todo lo referido a este proceso. Trabajamos de de manera transparente, explicándole como se reparte una herencia, partes de un herencia y todo tipo de consultas y dudas legales que puedan surgir.

En Consulter, acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso de reparto, velando por sus intereses y ajustándonos siempre a la legislación vigente.

¿En que campos actúa un abogado especialista en herencias?

  • Herencias.
  • Sucesiones.
  • Testamentos.
  • Cuadernos particionales.

Estamos altamente comprometidos con nuestro trabajo, viéndose evidenciado en los resultados exitosos que hemos tenido en muchos de los casos que hemos llevado.

Es de vital importancia contar con profesionales experimentados, ya que el reparto de herencias es un tema que en ocasiones suele presentar una serie de problemas derivados de distintas opiniones entre las personas interesadas.

El objetivo que tenemos, es evitar conflictos, dejando satisfechas a todas las partes, cumpliendo siempre con la legalidad vigente.

En Consulter ponemos a su disposición un departamento especializado en herencias, el cual le dará un completo asesoramiento legal y velará por sus intereses para obtener la solución más adecuada para su caso.

Abogados especialistas en herencias en Alcorcón

Disponga de todo nuestro conocimiento como expertos en derecho sucesorio y herencias, hacemos nuestro trabajo de una manera práctica y sencilla. Conseguimos ahorrarle a cada cliente tiempo y costes.

Nuestros excelentes resultados en cada caso nos han dado a conocer en el sector como un despacho serio y de confianza. Ofrecemos disponibilidad inmediata. Trabajamos por y para usted.

Visítenos en Alcorcón, en nuestro despacho encontrará atención personalizada. Confíenos su caso, le ayudaremos a solucionar de forma satisfactoria su problema legal.

Si tiene alguna consulta, o desea contactar con un abogado de herencias en Alcorcón, no dude en contactar con nosotros

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    Preguntas frecuentes: Herencias y testamentos

    ¿Es necesario hacer testamento?

    No, podemos decir que necesario no es, pero sí conveniente. En todos los casos, el testar supone una simplificación de los trámites para los herederos de cara a otorgar la adjudicación de herencia, pero hay supuestos: como cuando hay pareja de hecho y no hay descendencia, cuando hay cónyuge y existen desavenencias entre los hijos,etc. en los que hacer testamento se hace imprescindible si se pretende el asegurar una tranquilidad futura a los herederos.

    ¿Es obligatorio hacer adjudicación de herencia?

    La obligatoriedad sólo rige respecto a la liquidación de los impuestos correspondientes que la gravan dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento.

    No obstante, siempre es recomendable, pues la adjudicación de herencia se puede convenir de distintas formas por parte de los herederos que, actuando de común acuerdo, pueden beneficiarse de diferentes beneficios fiscales y jurídicos, que no resultan posibles a posteriori, o cuando se pretende vender algún bien inmueble por ejemplo.

    ¿Las adjudicaciones de herencia se hacen de acuerdo con parámetros determinados según lo establecido en la ley o en el testamento?

    Lógicamente, hay que tener en cuenta siempre lo dispuesto en las leyes vigentes y respetar la última voluntad del testador, pero partiendo de estas premisas, la posibilidad de adjudicación es muy diversa y hay que analizar cada caso para ver que resulta más conveniente en cada supuesto concreto, tanto desde una perspectiva fiscal como desde una perspectiva jurídica y que han de conciliarse conjuntamente de acuerdo con los distintos intereses que pudieran existir.

    ¿Es posible hacer testamento repartiendo los bienes existentes para evitar discusiones mañana entre los herederos?

    Por supuesto, habrá que analizar cada caso para determinar si resulta conveniente, pues dependerá de la edad y circunstancias de testador y herederos, pero, en general, en nuestra opinión, el testamento debe dar unas pautas generales e incluso, fijar unos criterios que resulten inamovibles, pero nunca prever todo, pues los resultados en estos casos, en bastantes ocasiones, se alejan de lo deseado. Hay bienes que pueden haberse vendido en el momento del fallecimiento, se producen diferencias de valoración que no estuvieron previstas, hay situaciones incómodas y no deseadas por los herederos, etc.

    ¿Se pueden introducir cláusulas que eviten las posteriores discusiones de los herederos?

    Si, se puede arbitrar y fijar fórmulas que eviten situaciones de conflicto o en supuesto de que estas ocurran, lo solucionen, por ejemplo, la designación de un albacea con facultades amplias que concurra en el caso de que no haya acuerdo entre los herederos o la prohibición de intervención judicial en la herencia, sancionando con la legítima estricta al heredero que la promueva…

    ¿Es conveniente donar bienes en vida o es preferible dejarlos en herencia?

    Esta pregunta no tiene una respuesta concreta, hay que examinar cada circunstancia familiar y económica, las fechas y los importes en que se adquirieron los inmuebles que se pretendan transmitir, así como su valoración, la normas fiscales de cada comunidad que puedan resultar aplicables ….

    Hay que tener en cuenta, por ejemplo, que en la Comunidad de Madrid, aunque el Impuesto de Donaciones entre padres e hijos, está prácticamente exento, los impuestos a satisfacer al Ayuntamiento y Hacienda, pueden hacer desaconsejable la operación, todo ello, al margen de que jurídicamente pueda no ser la opción más afortunada.

    ¿Es posible evitar el pago del Impuesto de Plusvalía (Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana) al Ayuntamiento, en adjudicaciones de herencia?

    Si, es posible. Esta cuestión dependerá de los bienes que compongan la herencia y de la forma de adjudicar la misma, pudiendo conseguirse, en algunos supuestos, la no sujeción de las transmisiones a la denominada “plusvalía municipal”.

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