
Procedimientos para conseguir la incapacitación judicial
Para el iniciar el procedimiento de incapacitación judicial, que como bien explicamos en los anteriores post consiste en una negación de la capacidad de obrar en plena eficacia y validez de los actos jurídicos, será necesario:
- La previa interposición de demanda, que puede ser interpuesta por el cónyuge o pareja de hecho, ascendiente, descendiente, por los hermanos del presunto incapaz o por el Ministerio Fiscal. Se debe presentar junto con la demanda los documentos médicos que acrediten la enfermedad o deficiencia de autogobierno del incapaz.
- Durante la tramitación de la incapacitación, es posible que el Juez adopte una serie de medidas cautelares (solicitadas por el Ministerio Fiscal o quienes son parte del proceso) para conseguir la protección del presunto incapaz.
- Admitida por el Juez tras su presentación, el Juez practicará los tres medios de prueba, atendiendo a la audiencia de los familiares más próximos del incapaz, el examen personal por el Juez del incapaz y el dictamen del médico forense.
- Con la sentencia del juez, declarada la incapacitación judicial, se debe señalar la extensión y los límites de la misma, el régimen de tutela, los mecanismo de control, así como todo lo relacionado con la incapacitación que afecte al incapacitado.