despido bajo rendimiento

Despido por bajo rendimiento

6th marzo, 2020 | Categoria : Despido

El despido por bajo rendimiento laboral es una circunstancia que recoge el Estatuto General de los Trabajadores en su artículo 54 y que está justificado por “la disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado”.

Las causas de este tipo de despido tienen que estar perfectamente especificadas. Tiene que producirse –por parte del empleado– un comportamiento tipificado como grave. La empresa está obligada a comunicar por escrito la extinción del contrato y a reflejar las causas que motivaron esta decisión.

En el despido por bajo rendimiento laboral el trabajador tendrá derecho al finiquito, pero no a indemnización. Además, el empresario está obligado a comunicarlo por escrito.

El despido por bajo rendimiento permite a la empresa prescindir del trabajador si este incumple gravemente y de forma voluntaria con las obligaciones laborales pactadas en el contrato laboral. El convenio colectivo y en su defecto el Estatuto General de Trabajadores especifican las reglas del juego.

Requisitos de este tipo de despidos

La compañía demostrará, para que se considere un despido por bajo rendimiento, 3 requisitos fundamentales:

  • Descenso grave de la producción del trabajador.
  • La disminución del rendimiento tiene que ser relevante para llevar a cabo este tipo de despido disciplinario.
  • Además, no puede tratarse de un hecho aislado, sino que ese descenso de productividad debe ser por un tiempo prolongado. Entre cuatro y seis meses, aunque no existe un tiempo estipulado; y no sirve como argumento la comparación con el rendimiento más elevado de otros compañeros de departamento.

¿Existe finiquito o indemnización para estos despidos?

El finiquito es un derecho adquirido por todo trabajador cuando acaba su relación laboral con una empresa. Por lo tanto, en el despido por bajo rendimiento el empleado tendrá derecho a cobrar las cantidades correspondientes en concepto de finiquito.

El importe que le corresponde vendrá especificado en la propia carta de despido disciplinario que la empresa entregará al empleado para notificarle la decisión de prescindir de sus servicios.

En cambio, el pago de la indemnización en un despido por bajo rendimiento no es exigible. Lo habitual es que el empleado impugne ese despido –en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la comunicación emitida por la empresa– para que la compañía tenga que demostrar ante un juez que su rendimiento está por debajo de lo exigido.

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