
El prelegado. Diferencias entre heredero y legatario
El prelegado es un legado realizado por el testador a favor de alguno de sus herederos. A veces puede resultar confuso sus efectos por lo que desde Consulter Abogados y Asesores queremos dedicarle un espacio para explicarlo.
El prelegado se regula en el Código Civil en los arts 821, 833 y 890.2.
El prelegado
Diferencias entre heredero y legatario
Es importante conocer la diferencia entre la figura del heredero y la figura del legatario. El heredero es la persona llamada para sustituir al fallecido en sus derechos, bienes y obligaciones mientras que el legatario es el sucesor a título particular de determinados bienes o derechos pero nunca de las obligaciones del fallecido.
Responsabilidad de las deudas
El legatario no tiene que responder a las deudas de un fallecido mientras que el heredero se hará cargo de ellas en el momento que firme y acepte la herencia.
Adquisición de bienes
El heredero adquiere los bienes cuando acepta la herencia mientras que el legatario lo adquiere automáticamente. Es importante mencionar el hecho de que el legatario debe pedir la herencia al heredero y éste entregársela. Si no accede a ello deberá solicitarlo por vía judicial.
Nombramiento de heredero o legatario
Los herederos existen siempre, haya o no testamento por parte del fallecido. En el caso del prelegado, su figura solo será nombrada en un testamento.
Efectos del prelegado
- El legatario puede aceptar la herencia y renunciar el legado.
- Los acreedores de la herencia solo podrán reclamar al legatario en el caso de no quedar bienes suficientes en la herencia para pagarles.
- Si hay un heredero único, éste puede tomar posesión del legado por sí mismo.
Recuerda acudir a Consulter Abogados y asesores para los trámites necesarios en un fallecimiento y la herencia pertinente. Confíe en nuestros profesionales todos sus problemas y cuestiones legales.