Ley de la eutanasia en España

Ley de la eutanasia en España (I)

26th noviembre, 2021 | Categoria : Defunción

La Ley de la eutanasia en España es la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, en vigor desde el 25 de junio de 2021. La presente Ley pretende dar una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista, a una demanda sostenida de la sociedad actual como es la eutanasia. En este blog damos respuesta algunas de las preguntas más frecuentes entre los españoles.

Ley de la eutanasia en España

¿En qué consiste?

Es el derecho que corresponde a toda persona que cumpla las condiciones exigidas por esta Ley a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir.

La prestación de ayuda para morir está incluida en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud y es de financiación pública. Esta prestación consiste en proporcionar los medios necesarios a una persona que ha manifestado su deseo de morir, y de acuerdo al procedimiento y garantías establecidos en la Ley.

¿Cuáles son las modalidades posibles?

Las modalidades de prestación de ayuda a morir, entre las que puede elegir el paciente, son:

  • La administración directa al paciente de una sustancia por parte de profesional sanitario competente.
  • La prescripción o suministro por parte de profesional sanitario de una sustancia de manera que este se la pueda autoadministrar para causar su propia muerte.

Requisitos del paciente

  • Ser mayor de edad legal y ser capaz y consciente.
  • Tener la nacionalidad española o residencia legal en España o certificado que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a doce meses.
  • Sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante, certificada por el médico/médica responsable.
  • Haber formulado dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, o por otro medio que permita dejar constancia, y que nos sea el resultado de ninguna presión externa, dejando una separación de al menos quince días naturales entre ambas.
  • Prestar consentimiento informado previamente a recibir la prestación de ayuda para morir.

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