
Ley de la eutanasia en España (II)
En la entrada anterior de nuestro blog explicamos qué es y en qué consiste la Ley de la Eutanasia aprobada en España. Sigue leyendo para terminar de resolver algunas de las dudas más comunes al respecto.
Ley de la eutanasia en España (II)
Información necesaria para el paciente
Es necesario que el paciente disponga por escrito y comprenda la información sobre:
- su proceso médico.
- las diferentes alternativas y posibilidades de actuación
- el acceso a cuidados paliativos integrales.
- el acceso a las prestaciones que tuviera derecho de conformidad a la normativa de atención a la dependencia.
Procedimiento del médico/a
De manera resumida:
- Recibida la primera solicitud el médico responsable iniciará con el paciente un proceso deliberativo sobre SU DIAGNÓSTICO, POSIBILIDADES TERAPÉUTICAS Y RESULTADOS ESPERABLES, SOBRE POSIBLES CUIDIADOS PALIATIVOS. El médico/medica debe asegurarse que COMPRENDE TODA LA INFORMACIÓN QUE LE FACILITA.
- Tras recibir su segunda solicitud, el médico/médica responsable retomará con el paciente el proceso deliberativo al objeto de atender cualquier duda o necesidad de ampliación de información que le pueda plantear.
- Una vez finalizado el proceso deliberativo, el médico responsable deberá confirmar la decisión del paciente. En el caso de que el paciente desee continuar con el procedimiento, el médico responsable deberá recabar la decisión mediante el documento de consentimiento informado, firmado por el paciente. El médico/medica responsable deberá comunicar esta circunstancia al equipo asistencial, especialmente a los profesionales de enfermería, así como, si el paciente lo indicase, a sus familiares o allegados.
- Intervención de médico consultor: el médico responsable deberá consultar a otro facultativo denominado médico/médica consultor/a que estudiará la historia clínica, le examinará, deberá asimismo corroborar el cumplimiento de las condiciones legalmente establecidas. Si su informe fuera desfavorable a su solicitud de derecho de prestación de ayuda para morir podrá presentar una reclamación ante la Comisión de Garantías y Evaluación de su Comunidad Autónoma.
- Si el médico/médica responsable y el médico/médica consultor/a emiten informe favorable, se remite la petición a la Comisión de Garantías y Evaluación de la Comunidad Autónoma.
¿Dónde se realizará la prestación de ayuda para morir?
Se podrá realizar en centros sanitarios públicos y privados o concertados, y en su domicilio. El paciente tiene derecho al acompañamiento de sus familiares y allegados. Se realizará siempre garantizando la máxima discreción y respeto a su intimidad personal y familiar.
¿Cómo se realizará la prestación de ayuda para morir?
La prestación de ayuda para morir deberá realizarse con el máximo cuidado y profesionalidad por parte de los profesionales sanitarios, con aplicación de los protocolos correspondientes; y, se efectuará en los siguientes términos:
¿Puedo haber arrepentimiento?
Por supuesto, el paciente puede revocar su solicitud en cualquier momento.
En Consulter Abogados y Asesores priorizamos las necesidades de nuestros clientes. Tratamos de manera personal cada caso, y ponemos a vuestra disposición a los mejores profesionales del sector.