Liquidación del régimen económico

Liquidación del régimen económico

21st mayo, 2021 | Categoria : Régimen económico matrimonial

La liquidación del régimen económico cuando un matrimonio se rompe consiste en el reparto de los bienes que han adquirido durante los años que ha existido dicha unión. A continuación indagamos un poco más a fondo en este tema gracias a nuestros abogados.

Liquidación del régimen económico

Cómo hemos mencionado en otras ocasiones, existen diferentes regímenes económicos matrimoniales que son: Sociedad de gananciales, Participación y Separación de bienes. Cada uno de ellos se rige con unas normas diferentes.

¿Cuándo se debe hacer la liquidación?

La principal causa de una liquidación de un régimen económico es el divorcio. Otra de las causas para llevarlo a cabo es la defunción de uno de los cónyuges u otro tipo de ruptura matrimonial no mencionadas anteriormente como la nulidad o la separación.

Se puede realizar en el mismo momento del divorcio mediante un convenio regulador y ante notario por escritura pública o, por el contrario, si el divorcio es contencioso, en una liquidación específica posterior.

Como ya sabemos, si el divorcio es contencioso y no se llega a un acuerdo entre las partes, conllevará más tiempo y dinero.

Proceso en una Liquidación del régimen económico

Este proceso está regulado en los artículos 806 a 811 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Los pasos a llevar a cabo son:

  • Primero se produce un inventario de los bienes matrimoniales, para poder valorar económicamente cada uno de manera individual.
  • Se deben cancelar las posibles deudas existentes.
  • Por último se forman dos lotes equitativos y se repartes a ambas partes.

Recuerda que en Consulter Abogados y Asesores contamos con profesionales especializados en divorcios y liquidación de régimen matrimonial. Ellos te asesorarán y acompañarán en todo el proceso necesario. Consulte con nosotros sin compromiso.

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