malos tratos

Malos tratos en el ámbito familiar

10th enero, 2020

Los malos tratos en el ámbito familiar son delitos tipificados en el Código Penal. Pero cada vez son más las regulaciones que tratan de ponerle frente. Aquí queremos hablarle en torno a ellos y resolver cualquier duda que pueda tener al respecto.

¿Cómo debe actuar una víctima de violencia doméstica?

  • Acudir a cualquier centro médico en caso de haber sufrido una agresión física para recibir un diagnóstico; curar sus heridas y obtener el parte de lesiones. Al notificar al cuerpo médico el motivo, este procederá a su envío inmediato a las dependencias de la Guardia Civil o la Policía Nacional y al Juzgado de Guardia. En él deben aparecer los posibles daños psicológicos sufridos, si los hubiere.
  • Personarse en el Juzgado de Guardia, la Comisaría de Policía o el Cuartel de la Guardia Civil más cercano para interponer la denuncia por malos tratos dentro del ámbito familiar.

La víctima ha de saber que existen diversas unidades específicas para la ayuda y el asesoramiento de personas en su misma situación. Este es el caso de los Servicios de Atención a la Mujer (SAM) de la Dirección General de la Policía Nacional; de los Equipos de Mujeres y Menores (EMUMES) de la Guardia Civil y de los Servicios de Atención a las Víctimas de la Violencia Doméstica (SAVD) de las diferentes unidades de Policía Municipal.

¿Qué sucede cuando son los hijos los que cometen el delito de violencia doméstica contra sus padres?

La violencia de los hijos contra los padres, ya sea física o psicológica, también es considerada como violencia doméstica y se encuentra tipificada en el Código Penal dentro de lo previsto en su artículo 173.2. Sin embargo, tiene ciertas especificidades.

Una vez obtenido el parte de lesiones e interpuesta la pertinente denuncia, el agredido tiene el derecho a obtener protección. Además, el procedimiento puede incoarse por la vía del juicio rápido.

Una de las medidas más habituales es la de interponer una orden de alejamiento. Esta, generalmente, conlleva el abandono del domicilio familiar del hijo. Cuando este carece de sustento, la situación puede convertirse en un verdadero problema respecto al cual la Administración debe actuar para garantizarle un medio de vida fuera de su entorno familiar.

Conviene señalar que este es uno de los pocos casos en el que el perdón de la víctima y su decisión de reanudar la convivencia con su agresor (el hijo) hace que se extinga la orden cautelar de alejamiento impuesta por el juzgado.

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