Qué documentación debe presentar un autónomo para cobrar la prestación cuando está de baja

28th marzo, 2019 | Categoria : Derecho laboral

Si eres autónomo, debes prestar atención a este post. Desde Consulter Abogados y Asesores nos proponemos asesorar al autónomo, como ya hemos hecho en post anteriores. Hoy vamos a hablarte sobre los plazos y la documentación a presentar para cobrar la prestación cuando estás de baja.

¿Tienen derecho los autónomos a cobrar prestación cuándo están de baja?

La respuesta es sí. Pero es muy importante que presenten unos datos y diferente documentación a la Seguridad Social dentro de los plazos. De no hacerlo, puede quedarse sin cobrar la prestación que le corresponde como trabajador.

¿Qué documentación debe presentar?

Cuando un autónomo va a causar baja, debe informar a la Seguridad Social de quién estará a cargo de su empresa durante el tiempo que dure dicha baja. Este es el modelo del documento que acredita, de forma oficial, el estado de la actividad del trabajador autónomo.

Con un plazo de 15 días desde el momento en el que se firme la baja, el autónomo deberá presentar este documento antes el Instituto Nacional de la Seguridad Social o en la Mutua colaboradora. Si se cumple dicho plazo sin haber presentado dicho documento, el pago de prestación se suspenderá. Aunque sea un derecho del trabajador, la Administración puede alegar que la paga que está recibiendo el trabajador es indebida. Llegando incluso a solicitar la devolución de la parte ya percibida.

Si la baja del trabajar autónomo es firmada por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador recibirá el 60% de la base que esté cotizando el profesional. Si la baja es debido a un accidente de trabajo, la cantidad abonada sube hasta el 75% de la base, desde el día siguiente de estar de baja.

En ambos casos, las cantidades correspondientes se cobrarán desde el cuarto día que el trabajador esté de baja, hasta el vigésimo.

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