¿Qué es el expediente prematrimonial?

10th marzo, 2015 | Categoria : Expediente prematrimonial | Categoria : Requisitos matrimonio

El expediente prematrimonial es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado correctamente, legitimando el estado civil de casado.

En el artículo 56 de nuestro Código Civil se determina que, aquellos que quieran contraer matrimonio deben acreditar previamente, mediante este expediente tramitado conforme a la legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad exigidos en el Código Civil.

El expediente prematrimonial no forma parte de la celebración del matrimonio ni su falta determina en la invalidez de la boda. Además los matrimonios en peligro de muerte no requieren expediente previo a su celebración.

Generalmente, el expediente debe preceder a la celebración de todo matrimonio civil, en forma civil, pero no al matrimonio canónico ni a otros matrimonios celebrados en otras formas religiosas, ya que, la inscripción de los matrimonios religiosos mencionados, se realizará con la simple presentación de la certificación de la Iglesia o confesión respectiva, que expresará las circunstancias que exige el Reglamento del Registro Civil.

Todo matrimonio civil contraído, produce efectos civiles desde su celebración, pero para su pleno reconocimiento es necesaria la realización de su inscripción en el Registro Civil.

 

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