Razones para extinguir la pensión de orfandad

Razones para extinguir la pensión de orfandad (I)

5th noviembre, 2021 | Categoria : Pensiones

Existen diversas razones para extinguir la pensión de orfandad: Por edad, por matrimonio, adopción, reconocimiento de capacidad y fallecimiento. En este blog vamos a explicar los posibles casos y la razón de su suspensión.

Razones para extinguir la pensión de orfandad

Por razón de edad

Se concede la pensión de orfandad a los hijos del fallecido, que cumple las condiciones demandadas por la Seguridad Social, hasta los 21 años.
No obstante, con otras condiciones, también se concede la pensión de orfandad desde los 21 hasta los 25 años. En este caso se deberá demostrar su dependencia económica. A través de la carencia de rentas de trabajo por cuenta ajena o propia en cantidad inferior al 100% SMI.
El huérfano perderá su prestación en cuanto cumpla 25 años. Se extiende el derecho en el supuesto de que el beneficiario estuviese todavía en pleno curso escolar, puesto que conservarán el beneficio hasta el día primero del mes inmediato posterior al del inicio del siguiente año académico.
Se debe tener en cuenta que siendo menor de 25 años, pero mayor de 21 años, cuándo se perciban rentas de trabajo por cuenta ajena o propia en cuantía superior al 100% SMI, se suspenderá el derecho.
Este supuesto es de suspensión, por lo que en el momento en el que los ingresos anuales no superen el tope anual se recuperará la pensión de orfandad.

Suspensión por cese de la incapacidad

Independientemente de la edad, se concede la pensión de orfandad a los hijos incapacitados para el trabajo. Por este motivo, a estos beneficiarios se les reconoce el derecho a la pensión de orfandad sin límite de edad. En el caso de que estos beneficiarios recobrasen su capacidad para el trabajo, perderían el derecho a la pensión de orfandad.

En el próximo blog de Consulter Abogados y Asesores completaremos la información y las demás razones restantes. Recuerda acudir a nuestros profesionales para poner en sus manos tu caso personal.

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