Cesión gratuita de una vivienda. Cuestiones a tener en cuenta

26th septiembre, 2018 | Categoria : IRPF | Categoria : Mercantil

La cesión gratuita de una vivienda es una donación de cosa inmueble muy habitual entre familiares. Para que esta donación sea válida, tal y como establece el artículo 633 del Código Civil, el beneficiario deberá aceptar la cesión gratuita de la vivienda, pudiendo hacerlo en la misma escritura pública de donación o en otra separada. Debe hacerse en vida del donante, sino no surtirá efecto.

Pero aparte de esto, ¿conoces las implicaciones fiscales que esto acarrea?

IRPF

Tanto para la cesión como para un alquiler de forma gratuita, la persona que cede el inmueble deberá declarar el 2% del valor catastral en virtud del artículo 85 de la Ley del Castro Inmobiliario. Esto se justifica en que estamos ante un inmueble urbano que no genera rendimientos.
En lo que refiere a la retención de IRPF, al ser una operación gratuita no habrá ninguna retención ya que no se recibe ningún beneficio por la cesión.

IVA

En este caso si la persona que cede el inmueble obtuvo beneficios de alguna actividad que desarrolló en él, tendría que tributar el IVA del coste que tenga dicha cesión. Por el contrario, si nunca obtuvo beneficios del inmueble la ley establece que no es necesario tributar este impuesto.

TRIBUTAR POR DONACIÓN EN CESIÓN DE INMUEBLE

Por lo general, en el caso de familiares que son los más comunes, no tendría por qué constar como donación.
Sin embargo hay que demostrar que es de manera gratuita. La mejor opción es realizar un contrato para evitar que se considere una donación y haya que pagar el correspondiente Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
Nuestra recomendación es que cuentes con una buena asesoría. En Consulter Abogados y Asesores contamos con un gabinete profesional de asesoría en el que podremos ayudarte con todos los trámites legales y fiscales para ceder un inmueble.

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